PLENO ORDINARIO DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA
(27-09-10)
Intervenció de s´Unió d´Associacions de Mallorca.
Intervenció de s´Unió d´Associacions de Mallorca.
EIX CÍVIC DE SANTA CATALINA.
Sra. Alcaldesa, Concejales,
S´Unió d´Associacions de Mallorca sobre este punto expone lo siguiente:
S´Unió d´Associacions de Mallorca sobre este punto expone lo siguiente:
La Unión de Asociaciones de Mallorca se rige por criterios de imparcialidad y objetividad, de interés público y democrático que deslindan su actuación como asociación de cualquier partido político institucional, si bien su opinión y su actuación ha quedado conformada por los hechos tal y como han acontecido respecto de este punto, sin favorecer por ello ningún juego político.
De esta manera, entendemos en conciencia que Las obras del Ayuntamiento en la calle Fábrica deben ser paralizadas hasta que se alcance el entendimiento sobre su uso público con los vecinos de Santa Catalina.
Y esto es así porque el Ayuntamiento de Palma, en calidad de promotor, decidió en el mes de marzo de 2010 el proyecto de mejora urbana y creación del eje cívico de Santa Catalina, cl. Fábrica (entre Avda. Argentina y Cl. Comte de Barcelona); a pesar de que en las sesiones plenarias municipales de fecha 22 de febrero, de fecha 31 de mayo y de fecha 26 de julio de 2010 se adoptaron importantes acuerdos plenarios municipales relativos a la manera de proceder respecto del meritado “Eje Cívico de Santa Catalina”.
De esta manera, entendemos en conciencia que Las obras del Ayuntamiento en la calle Fábrica deben ser paralizadas hasta que se alcance el entendimiento sobre su uso público con los vecinos de Santa Catalina.
Y esto es así porque el Ayuntamiento de Palma, en calidad de promotor, decidió en el mes de marzo de 2010 el proyecto de mejora urbana y creación del eje cívico de Santa Catalina, cl. Fábrica (entre Avda. Argentina y Cl. Comte de Barcelona); a pesar de que en las sesiones plenarias municipales de fecha 22 de febrero, de fecha 31 de mayo y de fecha 26 de julio de 2010 se adoptaron importantes acuerdos plenarios municipales relativos a la manera de proceder respecto del meritado “Eje Cívico de Santa Catalina”.
Francisco Fernández Ochoa.
Vocal de la Unión de Asociaciones de Mallorca.
Texto inicial
Texto secundarioSucintamente, lo que se aprobó en estos Plenos Municipales tal y como se especifica en los mismos es:i. Obligación de consensuar con los vecinos y comerciantes el “Eje Cívico de Santa Catalina”.ii. A no iniciar el proyecto y ejecución de las obras hasta que no hayan sido consensuadas con los vecinos.iii. No continuar la ejecución de las obras hasta que no se dé cumplimiento en todos sus términos a los citados acuerdos plenarios.El Ayuntamiento, en el caso que nos ocupa dirigido por el actual equipo de Gobierno Municipal, no se somete en sus actuaciones a lo acordado en los Plenos municipales alegando, en esencia, que las obras del Eje Cívico de Santa Catalina están aprobadas por Decreto Ley y que, en consecuencia, las obras se iniciarán independientemente de que a posteriori se pueda consensuar con los comerciantes y vecinos los usos a los que finalmente se destinen las obras.Por su parte, el Ayuntamiento ha decidido incrementar el ritmo de las obras, de tal manera que éstas estén acabadas un mes antes de lo previsto inicialmente, lo cual ha producido una serie de daños y perjuicios a los vecinos que viven en esta calle, algunos de los cuáles se han decidido a unirse en reclamación de los mismos.Estos daños y perjuicios pueden concretarse para todos y cada uno de los vecinos que viven en Calle Fábrica y a la vista de cómo están transcurriendo las obras deberán ser tenidos en cuenta por el Ayuntamiento puesto que se ha producido:- La invasión y ocupación de las aceras que ofrecen un espacio insuficiente para el tránsito peatonal al haberse permitido durante el trascurso de las obras que los restaurantes de la Cl. Fábrica continúen con su actividad poniendo mesas y sillas en las aceras.- Dificultad de tránsito para las personas mayores y desvalidos, obstaculización de los accesos a las entradas y salidas de los edificios, sin previsión alguna de elementos de evacuación médica al haberse acometido las obras con una intensidad y calado desproporcionado favorecido por la urgencia en su ejecución en detrimento de una planificación ordenada y cívica.- Tala de árboles con procedimientos que impiden su replantación.- Mala señalización de las obras.- Temblores y ruidos para los edificios colindantes al lugar de ejecución de las obras, entre los que se encuentran las viviendas de los perjudicados, vecinos todos ellos de la calle fábrica. Esta situación se ha visto agravada por el incremento en el ritmo de ejecución de las obras, empleando maquinaria pesada, con la finalidad de acortar los plazos de entrega, prácticamente sin descanso de los operarios a lo largo de las 24hs. del día.- Suciedad constante proveniente de las obras hacia los edificios colindantes, sin que se haya previsto su eliminación, debiendo realizar las tareas de limpieza a diario los propios vecinos, tanto en sus propiedades privadas como en las zonas comunes y públicas, tales como entradas a los edificios, rellanos, puertas, ventanas, garajes y otros colindantes con las obras.- Incertidumbre generada por la ausencia de información municipal sobre el destino último de las obras, las cuáles, al no haberse consensuado previamente con los vecinos pueden servir a fines lúdicos programados por el Ayuntamiento sin darlos a conocer y no a los de interés público del vecindario. Se ha dado en este punto una contradicción in termini por parte del Ayuntamiento al pretender consensuar unos usos que, en realidad, vienen predeterminados por Ley, de esta manera el Ayuntamiento no puede decidir unos usos con los vecinos diferentes a los del interés público y general, pues de hacerlo estaría realizando urbanismo a la carta. Luego lo cierto y verdad es que las obras se han iniciado sin el consentimiento de los vecinos, que les afectan en su trascurso, que el destino último de las mismas o su uso, de no controlarse judicialmente, será diferente al que hasta ahora estos vecinos venían disfrutando, un elemento básico que motiva la interposición de un interdicto de obra nueva ya que los vecinos pretenden se asegure por la vía judicial lo que no han obtenido por la vía municipal, esto es la garantía de que la calle continúe sin variaciones sustanciales en aquellos elementos urbanos que la han configurado permitiendo un uso público y una posesión por parte de los vecinos que desean mantener, tal y como la han venido detentando antes de que se iniciaran las obras.En consecuencia con todo lo anterior, la Unión de Asociaciones de Mallorca solicita la paralización o suspensión de las obras tal y como fuera acordado en los plenos municipales en los que se ha votado la manera de proceder en el “Eix Cívic de Santa Catalina” que deberá mantenerse en tanto en cuanto el Ayuntamiento de Palma no asegure que los usos finales de la calle no divergirán de los usos públicos que, en términos generales, serían aceptados por los vecinos residentes de la barriada en evitación de cualquier perjuicio futuro que un proyecto de esta índole, de no quedar convenientemente determinado y consensuado, les pudiera irrogar, como ya lo está haciendo desde que se han iniciado las obras sin previsión por parte del Ayuntamiento en su ejecución de evitación de los daños y perjuicios directos a los vecinos afectados y sin que exista concreción cierta sobre cómo concluirán, qué modelo de calle será, en definitiva, el que resulte de las actuaciones decretadas.
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