Punto 59. III.-
OREHO. Protección de ruidos. Autorización de establecimientos de música.
Sras y Sres Concejales:
Si decimos que Platja de Palma ha
sido icono turístico español desde los años 60 a los 80 habrá que pensar que
haya bares y comercios antiguos en la zona, no todos han cerrado con el tiempo
y muchos se han ido traspasando hasta llegar al día de hoy.
Así es, ciertamente hay bares
musicales que abrieron sus puertas en los años 80 y aún hoy siguen siendo mantenidos
por el mismo empresario que explota su negocio.
Pueden ahora, por lo tanto,
comprender que los Proyectos de remodelación de la Platja de Palma que
inicialmente Uds. habían considerado y que tanto dinero público han costado sin
llegar a ponerse en marcha solo favorecieran a los nuevos empresarios y que los
empresarios que están desde siempre aguantando esta situación transitoria hacia
no se sabe qué, sin que se revisen las ordenanzas existentes, son los que están
allí instalados desde hace décadas sufriendo las consecuencias a las que hay
que sumar ahora los años de crisis y la llegada constante de turistas con poco
poder adquisitivo. Se dan cuenta de que una Platja de Palma por muy modernizada
que esté sin seguridad jurídica para estos empresarios sería de cartón piedra
para los turistas.
Es más, consideran lógico que los
reglamentos de horarios que ha venido regulando el Ayuntamiento para la zona desde
tiempo inmemorial no han tenido hasta el año 2003 su primera Ordenanza de los
Horarios y requisitos que deben cumplir los negocios para poder solicitar una
licencia de actividades de bar musical.
Se imaginan la inseguridad
jurídica que plantea la circunstancia de que haya establecimientos que por la
vía de hecho administrativa tengan consolidada una situación que el
Ayuntamiento se niega a reconocerles y que cuando se decide a ordenar su
actividad lo haga tarde y encima con una norma compleja, de difícil
cumplimiento que ha provocado desde 2003 que prácticamente no se pueda abrir
ningún bar musical no solo en Palma de Mallorca, sino que la normativa sea
complicadísima para todas las Islas.
Y si a esto le añadimos que hasta
2011 no se hace la primera revisión de la ordenanza de ruidos y requisitos para
la actividad musical y se suprimen puntos que eran del todo contraproducentes
para las actividades y que los puntos que permanecen, concretamente el 18.3
siguen por su redacción creando confusión e impidiendo la expedición de nuevas
licencias de bar musical.
Desde luego el término In claris
non profit interpretatio, cuando la norma es clara no importa interpretarla, no
podemos decirlo sea así de la ordenanza de regulación de horarios OREHO de
2003, porque es estricta y compleja. Concretamente, el Art. 18.3 impide obtener
licencias de bar musical desde su promulgación a los locales contenidos en
viviendas u hoteles y previene unas distancias mínimas entre locales que además
deben contar con salidas simultáneas a dos calles paralelas. Algo imposible de
cumplir en los locales de la Platja de Palma, construida recordemos en los años
60, con sótanos y semisótanos, con viviendas integradas en las zonas de primera
línea, con bares que no han podido obtener las licencias y que se han ido
colocando unos cerca de otros poniendo todos ellos amenización musical sin que
se pueda saber a veces quién fue el primero en radicarse en el lugar.
Esta situación tiene un nombre, y
es totalmente contraria a los intereses de cualquier empresario, ya sea grande
o pequeño, se llama inseguridad jurídica y genera sanciones y represión a los
locales de negocio que podrían tener su situación perfectamente al día con el
Ayuntamiento y que sin embargo se tienen que plantear algunos de ellos tener
que cerrar.
Qué es lo que pretende el
Ayuntamiento de Palma. Vamos a tener que quitar los bares de Platja de Palma en
primera línea del mar, situados en una zona turística por excelencia, para
llevarlos al cemento de la calle fábrica en el centro de Palma.
O vamos a sancionar a estos bares
tantas veces como haga falta aprovechando esta situación indeterminada y así
contribuimos a llenar las arcas vacías del Ayuntamiento por una parte y por
otra a ver si la competencia musical sigue en Platja de Palma en régimen de
monopolio solo para que algunos privilegiados que han podido construir nuevos
complejos y adecuar así sus instalaciones a la normativa puedan trabajar ¿Qué
sucede con los bares musicales antiguos de la zona?¿En qué lugar quedan los
derechos adquiridos?
Los derechos adquiridos han
quedado, entre 2011 y hasta febrero de 2013 en plena desprotección frente al
Ayuntamiento, quien además sancionaba en ese tiempo por una vía que no era
correcta y que causaba indefensión, sancionaba en virtud de un Decreto de
Alcaldía vetusto, obsoleto en lugar de hacerlo por los propios incumplimientos
de los bares que, en ocasiones es cierto que incumplen, sobre todo en aspectos
relativos a la contaminación por sonido; pero que en la mayoría de las
ocasiones y cuando lo que se sanciona es relativo a su actividad como bares
musicales por no disponer según dice el Ayuntamiento de la correspondiente Licencia
no hay, en realidad, una base jurídica que se haya demostrado que pueda vencer
a esta vía de hecho consolidada con el paso del tiempo y por la que estos bares
llevan ya ejerciendo décadas su actividad como bares musicales en Platja de
Palma.
No hay ningún bar en Platja de
Palma que no esté dispuesto a invertir en mejorar sus sistemas para evitar la
contaminación acústica si así puede seguir abierto y trabajar en su negocio
como bar musical.
Se trata de buscar una solución
que sea participativa, de liberalización del sector, de pasar página a décadas
de lucha entre el pequeño y mediano empresariado y el Ayuntamiento cuando la
convivencia y la armonía en las relaciones puede normalizarse simplemente
revisando la normativa OREHO, permitiendo que los bares musicales de más de quince
años de actividad puedan adquirir sus licencias plenamente por la vía de hecho.
Los impuestos que percibe el
Ayuntamiento de Palma de la zona bien merecen este esfuerzo liberalizador, le
sostienen por ser su principal fuente de ingresos. En consecuencia, consolidar
la actividad de los bares musicales, entendida la música como el verdadero
elemento dinamizador de sus negocios, posibilita ingresos para el Ayuntamiento
y puestos de trabajo, así como una garantía de calidad para los turistas que no
tienen por qué hacer botellón cuando los precios de las bebidas no se han
cambiado en años en estos establecimientos y siguen siendo muy bajos.
La Ley OREHO es muy deficiente,
genera conflictividad en los Tribunales, el Ayuntamiento ha tenido que renovar
en 2013 los Decretos de Alcaldía, ha tenido que adecuar su procedimiento
sancionador a lo que le decía la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca
sobre el sinsentido de sus actuaciones. Es más, se han llevado al orden penal
cuestiones que nunca deberían haber llegado hasta la última ratio, y aportamos
adjunta una Sentencia que lo prueba, hasta la última defensa de los derechos de
los empresarios que además de pagar sanciones administrativas inasumibles y
constantes han tenido que pasar por los banquillos de Vía Alemania para
responder de faltas de desobediencia que no habían cometido.
Y la pregunta que nos hacemos es
la siguiente, es normal esta actitud antigua, de pulso constante, de represión
de los bares de la zona aprovechando la mayoría absoluta de turno en lugar de querer
adecuar la normativa de manera razonable a la realidad contrastada. Por qué el
Ayuntamiento siempre opta por la sanción y no modula sus actuaciones en función
de esta realidad que conoce perfectamente que existe desde hace décadas. ¿Dónde
está el liberalismo del Partido Popular?
La contestación es sencilla, de
esta manera si el empresario no comete un error hoy lo cometerá mañana, es una
manera fácil de tener al empresariado sometido a la represión sancionadora y
recaudatoria del Ayuntamiento. Y más ahora, que adaptándose a las últimas
Sentencias judiciales el Ayuntamiento ha modificado su base jurídica como no
puede ser de otra manera. Pero cuidado, no para reconocer los errores, sino
como una salida adelante para reprimir más si cabe al empresariado.
Pero volvemos a la pregunta, y
para qué todo ésto, si lo que hay que hacer es liberalizar el sector y darle
una salida legal a los que ya están en la zona y a todos los que vendrán en un
futuro esté o no regenerada.
Por ejemplo, un bar que se
instalara en los 80 ha visto cómo a su alrededor se han instalado otros que el
Ayuntamiento ha consentido y ahora, cuando va a solicitar la licencia de
actividades como bar musical se le dice que no puede porque hay otros bares y
tiene que guardar una distancia respecto a esos bares, o bien porque está
integrado en un complejo de viviendas o en un hotel, salvo que la vivienda sea
adquirida para garantía del local, pero aún así se le seguirá exigiendo que
tenga dos salidas a dos calles diferentes, incluso en el supuesto de que esté su
acceso haciendo esquina. Es decir, requisitos exagerados que no favorecen para
nada la actividad musical como elemento dinamizador de los negocios e
indispensable en zonas turísticas y que convierte al Ayuntamiento en garante de
que no haya libre competencia de mercado en la zona, inaudita concepción del
interés general y de la democracia.
En virtud de lo expuesto, se
solicita formalmente que el Ayuntamiento de Palma inicie el proceso de revisión
de la normativa relativa a la actividad de bares musicales en el sentido de
favorecer la liberalización completa del sector y que se adecúe el
procedimiento sancionador de manera proporcional y gradual a la realidad de
cómo estos bares han tenido que solicitar sus licencias musicales primero de
manera complementaria, luego renovando su solicitud y a partir de 2011, ya sin
que quepa esta renovación, expuestos como están a cierres y sanciones del todo
injustas y desproporcionadas por cuanto puede defenderse en los Tribunales la
consolidación de su actividad no prescrita por la vía de hecho.
Esperamos, sinceramente, que este
no sea un tema más en el que el Ayuntamiento decida pleitear con dinero
público, de los ciudadanos, en lugar de acometer responsablemente esta
necesaria reforma normativa que traería como consecuencia inmediata una
considerable mejora de la seguridad de la zona, de su contaminación acústica, del empleo, y de
la regulación sensata de las actividades de calidad abiertas al ocio y la diversión de los
turistas.
Muchas gracias.
No hay comentarios:
Publicar un comentario